Suspensión Condicional del Procedimiento

La suspensión condicional del procedimiento es una de las salidas alternativas del proceso penal que pone término anticipado al juicio criminal.
Suspensión Condicional del Procedimiento

La suspensión condicional del procedimiento se dispone en los artículos 237 al 240 del Código Procesal Penal. Es una salida alternativa del proceso penal que permite terminar anticipadamente con el litigio criminal, prescindiendo de la necesidad de juicio oral. Se trata de un mecanismo jurídico de gran utilidad práctica y de común ocurrencia en nuestro sistema procesal penal.

Tabla de contenido

Acerca de la suspensión condicional del procedimiento

El fiscal, con el acuerdo del imputado, puede solicitar al juez de garantía la suspensión condicional del procedimiento. Esta institución es una de las salidas alternativas del proceso penal. Con ella se pone término anticipado al proceso.

El juez puede requerir del ministerio público los antecedentes que estimare necesarios para resolver. La suspensión condicional del procedimiento puede decretarse:

  • Si la pena que pudiere imponerse al imputado, en el evento de dictarse sentencia condenatoria, no excediere de tres años de privación de libertad,
  • Si el imputado no hubiere sido condenado anteriormente por crimen o simple delito.
  • Si el imputado no tuviere vigente una suspensión condicional del procedimiento, al momento de verificarse los hechos materia del nuevo proceso.

Tratándose de imputados por delitos de homicidio, secuestro, robo con violencia o intimidación en las personas o fuerza en las cosas, sustracción de menores, aborto, los contemplados en los artículos 361 a 366 bis, 367 del Código Penal; por los delitos señalados en los artículos 8°, 9°, 10, 13, 14 y 14 D de la ley N° 17.798; por los delitos o cuasidelitos contemplados en otros cuerpos legales que se cometan empleando alguna de las armas o elementos mencionados en las letras a), b), c), d) y e) del artículo 2° y en el artículo 3° de la citada ley N° 17.798, y conducción en estado de ebriedad causando la muerte o lesiones graves o gravísimas, el fiscal debe someter su decisión de solicitar la suspensión condicional del procedimiento al Fiscal Regional.

La presencia del defensor del imputado en la audiencia en que se ventile la solicitud de suspensión condicional del procedimiento constituye un requisito de validez de la misma.

Si el querellante o la víctima asisten a la audiencia en que se ventila la solicitud de suspensión condicional del procedimiento, deben ser oídos por el tribunal.

Al decretar la suspensión condicional del procedimiento, el juez de garantía establece las condiciones a las que deberá someterse el imputado, por el plazo que determine, el que no puede ser inferior a 1 año ni superior a 3 años.

Durante el plazo señalado no se reanudará el curso de la prescripción de la acción penal. Asimismo, durante el término por el que se prolongare la suspensión condicional del procedimiento se suspenderá el plazo para investigar.

La resolución que se pronuncia acerca de la suspensión condicional del procedimiento es apelable por el imputado, la víctima, por el ministerio público y por el querellante.

La suspensión condicional del procedimiento no impide de modo alguno el derecho a perseguir por la vía civil las responsabilidades pecuniarias derivadas del mismo hecho.

Condiciones que el imputado debe cumplir

El juez de garantía dispondrá, según correspondiere, que durante el período de suspensión, el imputado esté sujeto al cumplimiento de una o más de las siguientes condiciones:

  • Residir o no residir en un lugar determinado;
  • Abstenerse de frecuentar determinados lugares o personas;
  • Someterse a un tratamiento médico, psicológico o de otra naturaleza;
  • Tener o ejercer un trabajo, oficio, profesión o empleo, o asistir a algún programa educacional o de capacitación;
  • Pagar una determinada suma, a título de indemnización de perjuicios, a favor de la víctima o garantizar debidamente su pago. Se podrá autorizar el pago en cuotas o dentro de un determinado plazo, el que en ningún caso podrá exceder el período de suspensión del procedimiento;
  • Acudir periódicamente ante el ministerio público y, en su caso, acreditar el cumplimiento de las demás condiciones impuestas;
  • Fijar domicilio e informar al ministerio público de cualquier cambio del mismo, y
  • Otra condición que resulte adecuada en consideración con las circunstancias del caso concreto He que se tratare y fuere propuesta, fundadamente por el ministerio público.

Durante el período de suspensión y oyendo en una audiencia a todos los intervinientes que concurrieren a ella, el juez puede modificar una o más de las condiciones impuestas.

Revocación de la suspensión condicional

Cuando el imputado, sin justificación, incumpliere grave o reiteradamente las condiciones impuestas, o fuere objeto de una nueva formalización de la investigación por hechos distintos, el juez, a petición del fiscal o la víctima, revoca la suspensión condicional del procedimiento, y este procedimiento continúa de acuerdo a las reglas generales. Es apelable la resolución que se dictare revocando la suspensión.

La formalización de la investigación es la comunicación que el fiscal efectúa al imputado, en presencia del juez de garantía, y en presencia del defensor, de que desarrolla actualmente una investigación en su contra respecto de uno o más delitos determinados.

Efectos de la suspension condicional del procedimiento

La suspensión condicional del procedimiento no extingue las acciones civiles de la víctima o de terceros, sin embargo, si la víctima recibiere pagos en virtud de lo previsto en la letra e) del ítem señalado más arriba, ellos se imputan a la indemnización de perjuicios que le pudiere corresponder.

Transcurrido el plazo que el tribunal hubiere fijado sin que la suspensión fuere revocada, se extingue la acción penal, debiendo el tribunal dictar de oficio o a petición de parte el sobreseimiento definitivo. Así lo indica el artículo 240 del Código Procesal Penal.

Bibliografía: Código Procesal Penal. Recuperado el 2 de enero de 2022, de Biblioteca del Congreso Nacional de Chile.